Constitución de Sociedades Anónimas y Fundaciones de Interés Privado
Nuestros clientes tienen la posibilidad de constituir sociedades anónimas y fundaciones de interés privado, teniendo en consideración la finalidad de las transacciones a realizarse en la República de Panamá.
-
Sociedades Anónimas
Las sociedades anónimas se constituyen para efectuar todo tipo de negocios en Panamá, incluyendo la inversión, a través de la compra, adquisición y venta de propiedades, así como el arrendamiento de bienes raíces y propiedades personales.
Dos o más personas de cualquier nacionalidad suscriben el pacto social para llevar a cabo cualquier objeto lícito. Las sociedades anónimas cuentan con nombre, capital, objeto(s), acciones, etc. Se requiere únicamente de una protocolización e inscripción en el Registro Público. El tiempo de constitución es de aproximadamente 48 horas.
Nuestros clientes interesados en constituir una sociedad anónima, no necesitan estar físicamente en Panamá, por lo que únicamente deberán proveernos tres posibles nombres, a fin de verificar su disponibilidad, así como los nombres de los tres (3) directores que conformarán la Junta Directiva.
El control de las sociedades anónimas está a cargo de los accionistas, cuyos nombres se mantienen de forma anónima ya que no son incluidos en el pacto social. Las acciones pueden ser al portador o nominativas. Los libros pueden ser llevados por el cliente dentro o fuera de Panamá. La Junta Directiva se encargará del manejo y administración de la sociedad. Estos directores pueden ser nombrados también como dignatarios. La información sobre los directores se incluye en el pacto social.
La firma ofrece por un cargo adicional, la posibilidad de brindar a nuestros clientes los directores que conformarán la Junta Directiva; cabe destacar, que estas personas no tendrán relación ni responsabilidad en el manejo de la sociedad.
El costo del mantenimiento anual de las sociedades anónimas es de US$450.00; esta tarifa comprende el pago de un impuesto anual (US$300.00) y el agente residente por la representación legal (US$150.00). La firma se encarga del pago de este impuesto anual. Las sociedades anónimas no deben presentar declaración de renta si las actividades de la sociedad se realizan fuera del territorio de Panamá.
De requerirse una sociedad anónima ya constituida, la misma puede ser solicitada por nuestros clientes. Estas sociedades no han sido utilizadas y se encuentran debidamente inscritas en el Registro Público de Panamá. Ofrecen la ventaja de que son enviadas de forma inmediata.
Sobre la confidencialidad de la inversión en Panamá, recomendamos la apertura de sociedades anónimas, ya que la información de los accionistas es totalmente privada. Igualmente, es una figura conveniente en el manejo y confidencialidad de las inversiones, por las facilidades que ofrece al momento de la reventa de propiedades y ventajas en materia de impuestos.
-
Las Fundaciones de Interés Privado
Las Fundaciones de Interés Privado
son figuras que tienen como finalidad la donación de activos o de un patrimonio y su protección, a favor de un particular o de su familia, a través de la designación de uno o más beneficiarios. Igualmente, pueden ser establecidas con una finalidad social.
Las fundaciones de interés privado se establecen a través de un documento denominado Foundation Charter. Estas figuras cuentan con un Fundador, quien realiza la donación, el Consejo Fundacional, cuyos miembros (3 personas) velarán por el cumplimiento de los fines de la fundación y los Beneficiarios quienes recibirán la dotación de acuerdo a lo establecido en la fundación.
Es importante destacar, que el Fundador puede ser beneficiario de la fundación y establecer que en su ausencia la dotación pasará a manos de otras personas. Una sociedad anónima puede fungir como fundador y como consejo fundacional.
El fundador de la Fundación podrá establecer un reglamento, que será un documento privado que contendrá las estipulaciones que regirán esta figura, tales como el patrimonio y beneficiarios de la fundación. El reglamento es confidencial y no es necesario su registro público. El fundador podrá emitir, dentro del marco del Acta Fundacional, las instrucciones referentes a las formas de administración del fondo fundacional compatibles con los fines expresados y todas aquellas estipulaciones que considere necesarias para el adecuado manejo de la fundación y su patrimonio.
El costo del mantenimiento anual de las fundaciones de interés privado es de US$450.00; esta tarifa comprende el pago de un impuesto anual (US$300.00) y el agente residente por la representación legal (US$150.00). La firma se encarga del pago de este impuesto anual.
A diferencia de las sociedades anónimas, las fundaciones de interés privado no cuentan con socios o accionistas y no pueden ejercer de forma habitual actividades comerciales, pudiendo actuar únicamente de manera accidental. Es una figura meramente protectora, que en la práctica se asemeja a la figura del testamento, pero incluye muchas más ventajas, tales como la ejecución inmediata de sus fines. El patrimonio donado a la fundación, se separa de los activos personales del Fundador, siendo completamente independiente y el mismo no podrá ser secuestrado o embargado.
El Patrimonio inicial de una fundación puede ser aumentado de tiempo en tiempo por el Fundador. El traspaso de los bienes es de forma expedita, toda vez que en el reglamento se establece el manejo de los mismos.
Si usted desea garantizar que sus bienes estarán protegidos y en favor de una persona o personas en particular, la fundación es su mejor opción.
-
Sociedades Anónimas y Fundaciones de Interés Privado
Nuestros clientes cuentan con la opción de invertir a través de sociedades anónimas y salvaguardar su patrimonio, a través de las fundaciones de interés privado. Ambas figuras pueden trabajar en conjunto.
Ambas son titulares de derechos y obligaciones, cuentan con un cuerpo que administra los bienes y su diferencia radica en el hecho de que las corporaciones emiten acciones y las fundaciones no; sin embargo, estas últimas pueden recibir acciones.
|